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viernes, 30 de enero de 2009

Nuevo sistema de devolución mensual del IVA

Hacienda pone a disposición desde el 27 de enero la solicitud telemática de la devolución mensual de IVA


La Agencia Tributaria ha puesto a disposición desde hoy el software gratuito que permitirá a las empresas solicitar la devolución mensual del IVA desde el próximo 2 de febrero y que supondrá una inyección de 6.000 millones de euros a lo largo de este año para un total aproximado de 100.000 empresas, según informaron a Europa Press fuentes de la Agencia Tributaria.

El organismo ha puesto en marcha a través de su página web una aplicación que permite convertir las facturas de las empresas en los parámetros exigidos por Hacienda para poder llevar a cabo la devolución mensual del IVA.

La solicitud de la devolución mensual del IVA deberá hacerse en los 20 días siguientes del mes. Así, la petición de la devolución sobre la actividad económica del mes de enero se realizará entre los días 1 y 20 de febrero y así sucesivamente el resto de los meses.

Fuentes de la Agencia Tributaria indicaron a Europa Press que la intención es efectuar la devolución en los 30 días siguientes como máximo, si bien no descartaron que las primeras devoluciones puedan comenzar en los últimos días de febrero. Con todo, el organismo calcula que a mediados de marzo ya estará funcionando el sistema a pleno rendimiento.

Antes de disponer de esta 'conversor de facturas', aquellas empresas que desean acogerse a este sistema han tenido que inscribirse desde el día 2 de enero en un registro habilitado a tal efecto. La inscripción podrá realizarse a lo largo de todo el año, frente al periodo del 1 de enero al 20 de febrero previsto inicialmente. Una vez inscritas, las empresas tendrán que permanecer en el registro durante todo el ejercicio.

En cuanto el volumen de datos a procesar, el departamento de informática de la AEAT está preparado para recibir hasta 1.700 millones de facturas al mes, la cifra total de facturas que hacen las empresas españolas mensualmente, si bien el volumen final será previsiblemente inferior.

Para acceder a este nuevo sistema de devolución, pinche sobre el icono:




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Bruselas apuesta por la facturación electrónica del IVA

Bruselas propone facilitar la facturación electrónica del IVA para ahorrar 18.000 millones de euros


La Comisión Europea propuso hoy modificar la normativa comunitaria sobre el IVA con el objetivo de facilitar la facturación electrónica, reduciendo así las cargas administrativas para las empresas, especialmente las pymes, y ayudando a los Estados miembros a luchar contra el fraude. Bruselas calcula que esta iniciativa permitirá ahorrar 18.000 millones de euros en el conjunto de la UE.

La propuesta suprime las disposiciones vigentes de la normativa comunitaria sobre IVA que obstaculizan la facturación electrónica y establece el principio de que se tratarán las facturas de papel y las facturas electrónicas de la misma manera. Ello permitirá a las empresas adoptar sistemas de facturación 100% electrónicos.

El comisario responsable de Fiscalidad, László Kovács, destacó que en la actualidad las reglas de facturación nacionales en el dominio del IVA "son excesivamente complicadas y diversas, lo que supone cargas administrativas inútiles para las empresas que ejercen actividades transfronterizas y facilita los fraudes tipo 'carrusel'".

Con los cambios propuestos, las reglas de facturación "serán mucho más simples, modernas y completas, y al mismo tiempo darán a las administraciones fiscales medios de control eficaces".

El Ejecutivo comunitario presentó un informe sobre la estrategia europea de reducción de las cargas administrativas cuya conclusión es que los ciudadanos y las empresas ya se benefician de esta iniciativa. Se ha propuesto la supresión de unos 1.300 actos legislativos, que representan alrededor del 10% del acervo o 7.800 páginas del Diario Oficial. Las medidas de reducción de cargas administrativas presentadas o previstas suponen un ahorro de más de 30.000 millones de euros.

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Sentencia Tribunal de Justicia Unión Europea sobre reconocimiento de títulos

El TUE ve ilegal usar el reconocimiento de títulos para saltarse examen de acceso a una profesión regulada



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó hoy que es ilegal que una persona recurra al reconocimiento de títulos entre los Estados miembros para saltarse el examen de acceso u otros requisitos exigidos para ejercer una profesión regulada en el país donde cursó sus estudios.

La sentencia se refiere a un caso de reconocimiento del título de ingeniero en Italia y España. En los dos países, el ejercicio de la profesión de ingeniero está supeditado a la posesión del título universitario y a la incorporación a un colegio profesional. A diferencia del sistema español, el sistema italiano establece además la necesidad de aprobar un examen de Estado para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión.

Un ciudadano italiano que posee un título académico de ingeniero mecánico expedido por la Universidad de Turín solicitó y obtuvo en España la homologación de este título. Basándose en la credencial de homologación, se incorporó a uno de los colegios de ingenieros técnicos industriales de Cataluña con el fin de obtener la habilitación para ejercer la profesión regulada de ingeniero técnico industrial, especialidad mecánica, en España.

No ejerció actividad profesional alguna fuera del territorio italiano y no cursó ninguna formación ni realizó ningún examen que formen parte del sistema educativo español. Tampoco realizó el examen de Estado previsto por la normativa italiana para obtener la habilitación para el ejercicio de la profesión de ingeniero.

El ministerio de Justicia italiano, a instancias de este ciudadano en cuestión, reconoció la validez del título español, a efectos de su incorporación al colegio de ingenieros en Italia. Pero el colegio impugnó esta decisión alegando que las autoridades italianas no podían reconocer el título español del afectado, ya que ello le permitiría eludir el examen de Estado previsto por la normativa italiana. La justicia italiana preguntó sobre el caso al TUE.

En su sentencia de este jueves, el Tribunal de Luxemburgo declara que, según la definición de la norma comunitaria sobre reconocimiento de titulaciones, un 'título' no incluye el título expedido por un Estado miembro que no acredita ninguna formación que forme parte del sistema educativo de este Estado miembro y que no se basa ni en un examen ni en una experiencia profesional adquirida en dicho Estado miembro.

De lo contrario, se permitiría que una persona que sólo ha obtenido en el Estado miembro donde ha cursado sus estudios un título que, en sí mismo, no da acceso a la profesión regulada, acceda a ella sin que el título de homologación obtenido acredite la adquisición de una cualificación adicional o de una experiencia profesional.

Este resultado es contrario al principio consagrado por la normativa comunitaria, según el cual los Estados miembros conservan la facultad de fijar el nivel mínimo de cualificación necesario con el fin de garantizar la calidad de las prestaciones realizadas en sus respectivos territorios.


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martes, 27 de enero de 2009

Balance Plan Vive a Enero de 2009

Las operaciones se han multiplicado de manera exponencial desde la entrada en vigor a mediados de diciembre de las nuevas condiciones del Plan VIVE tras su reforma

Las nuevas condiciones aprobadas por el Gobierno a mediados de noviembre han sido un revulsivo muy importante para el Plan VIVE (Vehículo Innovador – Vehículo Ecológico).

Desde que las nuevas medidas fueron efectivas, a mediados de diciembre, se han cerrado 2.585 operaciones, cuantía que contrasta con las 18 operaciones que se realizaron desde su aprobación en septiembre hasta que el Gobierno dio luz verde a su reforma.


Nota de Prensa

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Entra en funcionamiento la nueva aplicación informática del Registro de Penados y Rebeldes

Entra en funcionamiento la nueva aplicación informática del Registro de Penados y Rebeldes

• La inversión del Ministerio de Justicia en este concepto alcanza los 1.230.500 euros

• El Registro de Penados y Rebeldes se une a los Registros de Sentencias Firmes de Menores, Rebeldes Civiles y Protección a las Víctimas de la Violencia Doméstica, que ya funcionan de forma telemática. Los cuatro están preparados para su futura interconexión dentro de un sistema integrado.


• Está prevista la próxima entrada en funcionamiento del Registro de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes.


Nota de Prensa



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Orden por la que se regula el ejercicio de la caza y las vedas de pesca en Castilla la Mancha

En el DOCM de 27 de enero de 2009 se han publicado las siguientes disposiciones:

DIARIO OFICIAL DE CASTILLA LA MANCHA



Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural


Orden de 14/01/2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se regula el ejercicio de la caza en reservas de caza, cotos sociales y zonas de caza controlada de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

El objeto de la presente Orden es establecer la regulación de la caza en las reservas de caza, cotos sociales y zonas de caza controlada de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.



Orden de 19/01/2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, de Vedas de Pesca.




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domingo, 25 de enero de 2009

El Fondo de Adquisición de Activos Financieros adjudica 4.000 millones de euros en su tercera subasta

El Fondo de Adquisición de Activos Financieros adjudica 4.000 millones de euros en su tercera subasta



21 de enero de 2009. La Comisión Ejecutiva del Fondo para la Adquisición de Activos Financieros, de conformidad con la propuesta motivada de resolución de la subasta del Comité Técnico, ha acordado la adjudicación de la subasta de operaciones dobles a dos años. En esta subasta, el Fondo adquiere temporalmente cédulas hipotecarias, bonos de titulización de cédulas hipotecarias, bonos de titulización de activos y bonos de titulización hipotecaria, respaldados por créditos concedidos a particulares, empresas y entidades no financieras, emitidos con posterioridad al 1 de agosto de 2007 y cuya calificación crediticia es al menos de doble A o asimilada.

En esta subasta se había reservado un importe de hasta 1.000 millones de euros al tramo no competitivo a distribuir entre las entidades que han contribuido al aumento del crédito a otros sectores residentes entre los meses de agosto y noviembre de 2008. La adjudicación de este tramo se ha realizado de manera proporcional a su contribución a este incremento y al tipo marginal de la subasta.
Resultados de la subasta

Importe solicitado total: 7.772 millones de euros

Importe adjudicado total: 4.000 millones de euros

Importe solicitado en el tramo competitivo: 4.399 millones de euros

Importe solicitado en el tramo no competitivo: 3.373 millones de euros

Importe adjudicado en el tramo competitivo: 3.024 millones de euros

Importe adjudicado en el tramo no competitivo: 976 millones de euros

Número de ofertas en el tramo competitivo: 117

Número de ofertas en el tramo no competitivo: 44

Número de entidades solicitantes en el tramo competitivo: 49

Número de entidades solicitantes en el tramo no competitivo: 44

Número de ofertas adjudicadas en el tramo competitivo: 88

Número de ofertas adjudicadas en el tramo no competitivo: 42

Numero de entidades adjudicatarias en el tramo competitivo: 45

Numero de entidades adjudicatarias en el tramo no competitivo: 42

Tipo marginal de la subasta: 2,450%

Tipo medio ponderado: 2,697%

Los resultados de la subasta pueden consultarse en la página web del Fondo de Adquisición de Activos Financieros (www.fondoaaf.es) en la que se publicarán dentro del plazo máximo de los tres días hábiles siguientes a la fecha de resolución, así como en el Boletín Oficial del Estado, donde se publica la correspondiente Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

(Fuente:meh.es)

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Orden por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional

En el BOE de 24 de enero de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:



BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



Ministerio de Trabajo e Inmigración


Orden TIN/41/2009, de 20 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.



Por medio de la presente orden se desarrollan las previsiones legales en materia de cotizaciones sociales para el ejercicio 2009. A través de ella no sólo se reproducen las bases y tipos de cotización reflejados en el texto legal citado, sino que, en desarrollo de las facultades atribuidas por el artículo 110 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, se adaptan las bases de cotización establecidas con carácter general a los supuestos de contratos a tiempo parcial. Respecto de la determinación de las bases mínimas de cotización de los diferentes regímenes del sistema de la Seguridad Social, se tienen en cuenta las previsiones contenidas en el apartado catorce del artículo 120 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre.


En materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales será de aplicación la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada por la disposición final decimotercera de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre.


A su vez, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, en esta orden se fijan los coeficientes aplicables para determinar la cotización a la Seguridad Social en supuestos específicos, como son los de convenio especial, colaboración en la gestión de la Seguridad Social o exclusión de alguna contingencia.


Se fijan los coeficientes para la determinación de las aportaciones a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social al sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social, en función de los criterios técnicos para la liquidación de capitales costes, de pensiones y otras prestaciones periódicas, aportaciones mediante las que se garantiza el mantenimiento del equilibrio financiero entre las entidades colaboradoras señaladas y la Administración de la Seguridad Social.


Orden TIN/41/2009


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El Juzgado Mercantil aprueba la liquidación de Fórum y devolverá el 10% a los afectados


El Juzgado Mercantil aprueba la liquidación de Fórum y devolverá el 10% a los afectados


El Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid ha aprobado el plan de liquidación de Fórum Filatélico y devolverá de forma inmediata 328 millones de euros a los 290.000 afectados por la presunta estafa, lo que supone un 10% de lo invertido por los clientes, según el auto dictado el pasado 15 de enero.

El juez Santiago Senent acepta casi en su totalidad la propuesta presentada por la administración concursal el pasado 8 de octubre, tras estudiar las alegaciones de las partes. Contra el auto cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días.

Este primer pago, con cargo a la tesorería, consistirá en abonar 325 millones de euros a los clientes que invirtieron sus ahorros en Fórum, 3,6 millones de euros a otros acreedores y 40.605 euros a agentes. Senent aprueba la constitución de una comisión de seguimiento de la liquidación y advierte a los acreedores de que no recuperarán todo lo invertido, que asciende a 2.801 millones.
"Los posteriores pagos dependen de la realización de los bienes no líquidos, y a partir de ahí es difícil establecer un plan de pagos, pues todo dependerá de las vicisitudes de realización de los bienes", advierte el juez.

Entre las modificaciones, el juez rechaza la "enajenación conjunta del patrimonio", ya que la venta unitaria de los inmuebles sería "remota, retrasaría la liquidación e implicaría una rebaja sustancial del precio". El juez niega esta posibilidad por "su escasa viabilidad y por perjudicar los intereses del concurso".

En esta línea, el juez contempla que "aún siendo cierto que la crisis que padece el sector inmobiliario puede afectar a la presente liquidación, la Ley no contempla la suspensión del procedimiento por este motivo, suspensión que sí podría acordarse durante la tramitación de un recurso de apelación".
La propuesta aprobada tampoco acepta retrasar la venta de los lotes filatélicos y considera que no hay que esperar a que se determine su valor en el procedimiento penal que sigue la Audiencia Nacional.

Otra de las modificaciones rechaza el planteamiento de la administración concursal de que los pagos a los afectados vayan destinados a devolver los créditos ICO a interés, que el Gobierno dispuso para paliar la situación de los clientes de Fórum. El juez considera que "el acreedor es libre de decidir lo que quiere hacer con el importe percibido".

Por último, el juez rechaza la propuesta por "no ser viable como instrumento liquidatorio" de constituir una Sociedad Anónima a la que se aportarían los bienes no líquidos de la concursada con la finalidad de adjudicar el capital social a los acreedores en proporción a sus créditos y enajenar el patrimonio social en un plazo se diez años.

(Fuente: europapress)
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viernes, 23 de enero de 2009

Conclusiones del III Encuentro de Magistrados y Jueces de Familia y Abogados de la Asociación Española de Abogados de Familia


Conclusiones del III Encuentro de Magistrados y Jueces de Familia y Abogados de la Asociación Española de Abogados de Familia



El III Encuentro de Magistrados y Jueces de Familia y Abogados de la Asociación Española de Abogados de Familia, que se celebró entre los días 28 y 30 de octubre en Madrid, obtuvo unas conclusiones que se han hecho públicas, y que se pueden consultar en el fichero adjunto.

En este encuentro se trataron diversos temas de importancia para el ámbito del Derecho de Familia, como la problemática del ejercicio de la patria postestad y la custodia compartida; las pensiones alimenticias; los regímenes económicos matrimoniales de separación de bienes; las ejecuciones de sentencia y las diferencias de criterio de procedimiento; el futuro de la jurisdicción de familia o cuestiones de derecho internacional privado en derecho de familia.

Conclusiones III encuentro

(Fuente:cgae.es)

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jueves, 22 de enero de 2009

Anulado el decreto antitabaco de la comunidad de Madrid


Anulado el decreto antitabaco de la comunidad de Madrid


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el decreto del gobierno de Esperanza Aguirre, que desarrolló en 2006 la Ley Antitabaco "por haberse omitido en su elaboración el informe preceptivo del Consejo de Consumo" regional, dando así la razón a Bernat Soria.


Dicho Decreto reguló una serie de medidas sanitarias frente al tabaquismo, así como la venta, suministro, consumo y publicidad de los productos del tabaco en la región.La sentencia, de fecha 30 de diciembre pasado y dada a conocer este martes por el Alto Tribunal madrileño, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ministerio de Sanidad y Consumo, la asociación nofumadores.org y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).


Se da así la razón al Ministerio de Sanidad y Consumo al estimar el recurso presentado por el Gobierno central contra la norma. El Ministerio entendía que el Decreto de Esperanza Aguirre era "especialmente grave" y suponía una "flagrante violación" de la ley de Prevención del Tabaquismo. También estima otro recurso interpuesto por la Asociación Nofumadores.org.

La Sección Novena, que preside el magistrado Ramón Verón Olarte, acuerda anular de pleno derecho el decreto por "haberse omitido en su elaboración el informe preceptivo del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid". En el proceso han sido demandadas entidades como la asociación empresarial de Hoteles de Madrid, la de Hostelería La Viña y la de Juegos Autorizados.

Reacciones
La viceconsejera de Ordenación Sanitaria e Infraestructuras de la Consejería de Sanidad, Belén Prado, señaló tras conocer la noticia que la nulidad del decreto es "únicamente por un defecto de forma" y explicó que los servicios jurídicos de la Consejería están estudiando la sentencia y analizando las diferentes posibilidades que caben legalmente.

Tras conocer la sentencia, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha solicitado al Ministerio dirigido por Soria que presente una nueva Ley estatal sobre el tabaco que evite la "dispersión" de criterios en las diferentes comunidades autónomas.

Según se supo en la tarde del martes, Sanidad ha invitado a Aguirre a trabajar juntos en la lucha contra el tabaquismo y le ha pedido que no opte por vías distintas al resto de las comunidades autónomas en temas de sanidad. El secretario general de la Cartera, José Martínez Olmo, ha afirmado que Aguirre debe acatar la resolución y aceptarla como una "oportunidad y punto de partida para trabajar juntos" contra el tabaquismo.


(Fuente: elconfidencial.com)
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Reforma de la Ley del Notariado



"Es urgente la reforma de la Ley del Notariado.
Está en el programa y se está trabajando en ella"


Según declaraciones del Ministro de Justicia:
- "Los notarios sois funcionarios públicos encargados de la gestión colectiva de la dación de fe. No sólo de eso: del control de la legalidad".

- "Nadie discute cuál debe ser la función notarial, que yo defiendo y defenderé.
Una función esencial para la credibilidad del tráfico jurídico del país" .
- "La labor de los notarios es esencial para el desarrollo del país pues su función preventiva ahorra mucha actividad de la justicia reparadora".

Nota de Prensa


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miércoles, 21 de enero de 2009

Base de datos de ofertas y demandas de trabajo

NUEVA BASE DE DATOS DE OFERTAS Y DEMANDAS DE TRABAJO EN ACTUALIDAD JURIDICA HOY- Sección Empleo

Pinche sobre el icono y podrá acceder a nuevas oportunidades de trabajo.

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martes, 20 de enero de 2009

Solicitudes regularización pozos Consorcio Plan Especial del Alto Guadiana


Los primeros datos sobre pozos regularizados en el Alto Guadiana se conocerán este mes


A finales de este mes el Consorcio para la Gestión del Plan Especial del Alto Guadiana tendrá los primeros datos sobre el número de pozos alegales que pueden estar regularizados y la dotación hídrica que cada uno de estos tendrá. Aunque se presentaron 7.600 solicitudes a la última convocatoria para regularizar los derechos de agua de riego la cifra no es real ya que muchas de esas solicitudes están duplicadas. Se han presentado a la convocatoria de leñosos y también de hortícolas. A final de mes quedarán computados las solicitudes de leñosos, por lo que ya se tendrá una certeza del agua necesaria para esta dotación. Enrique Calleja, director del consorcio para la gestión del PEAG. Calleja también avanzaba que la Confederación Hidrográfica del Guadiana trabaja junto al consorcio para lanzar una nueva oferta de derechos de agua cuya partida podría estar en torno a los 40 millones de euros.
(Fuente: Radioazul)


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Convocatoria de ayudas en el marco del Plan de Competitividad del Sector de la Automoción

En el BOE de 20 de enero de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



Ministerio de industria, turismo y comercio



Orden ITC/21/2009, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras, y se efectúa la convocatoria de las ayudas para la realización de actuaciones en el marco del Plan de Competitividad del Sector Automoción.


Objeto.- Constituye el objeto de la presente orden el establecimiento de las bases del régimen de ayudas y de la gestión de las actividades realizadas en el marco del Plan de Competitividad del Sector Automoción, así como la realización de la convocatoria de las ayudas.


Ámbito de aplicación temporal.–Las ayudas previstas en esta orden se concederán para la realización de inversiones comprendidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, ambos inclusive.

Objetivos.–Las actuaciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden tienen como finalidad última favorecer la competitividad de las empresas industriales del sector de automoción definidas en el apartado quinto, de manera específica en los siguientes aspectos:
a) Incremento del valor añadido de productos y servicios, orientados al transporte limpio.
b) Aumento de la eficiencia y sostenibilidad de los procesos de producción.
c) Reorientación de la producción hacia vehículos más sostenibles (híbridos, eléctricos y de menores emisiones).
d) Establecimiento de actuaciones dirigidas a preservar el empleo y las condiciones de trabajo y mejorar de la capacitación técnica de los recursos humanos.
e) Implantación de estrategias de producción y procesos organizativos avanzados.

Orden ITC/21/2009


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lunes, 19 de enero de 2009

Programa de cálculo de Retenciones 2009

RETENCIONES 2009


Programa de cálculo de las Retenciones para el año 2009 elaborado por la AEAT. Para proceder a su descarga pinche sobre el icono siguiente:


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La Audiencia Nacional confirma la apertura de juicio por el 'caso Sintel'

La Audiencia Nacional confirma la apertura de juicio por el 'caso Sintel' y deja fuera a Telefónica






La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el trámite previo a la transformación de la causa y apertura de juicio oral por el 'caso Sintel' dictada por el juez Santiago Pedraz contra ocho antiguos directivos de la empresa y deja fuera del banquillo a los seis responsables de Telefónica y otras 11 personas imputadas, según tres autos dictados el pasado 16 de enero.

El tribunal cierra así la posibilidad de que Telefónica sea declarada responsable civil subsidiaria por la quiebra y el vaciamiento patrimonial de su filial Sintel en 2001, cuyos perjuicios de carácter económico rondan los 268,8 millones euros, según lo estimado por Pedraz, y afectó a 1.800 trabajadores.

La Sala ha desestimado todos los recursos de apelación presentados tanto por los trabajadores de Sintel como por los ocho acusados y "confirma íntegramente" los autos dictados por Pedraz el 12 de diciembre de 2008 mediante los que archivó las actuaciones contra 16 de los 24 imputados y dictó la transformación del procedimiento.

"Ninguno de los imputados respecto a los que se han sobreseido de manera provisional las actuaciones han contribuido a la insolvencia de Sintel ni agravado con sus actos la situación de insolvencia padecida", concluye al auto que desestima el recurso de los trabajadores de Sintel.

El tribunal confirma el archivo de las acusaciones contra el presidente de Telefónica que firmó el acuerdo de venta de Sintel en 1996, Cándido Velázquez, y el entonces secretario del consejo de administración de la empresa, Heliodoro Alcaraz.

Por otro lado, el ex presidente de la operadora, Juan Villalonga, su secretario general, José María Mas Millet y el entonces vicesecretario general, Diego Luis Lozano Romeral. También archiva la causa contra el apoderado general de la empresa, Luis Ángel Casado Carrasco.

A partir de ahora, las acusaciones particulares y la Fiscalía Anticorrupción deberán presentar sus respectivos escritos de acusación ante el juez instructor, que los remitirá a la Sala de lo Penal para que señale la apertura de juicio oral.

Los principales imputados por presuntos delitos de insolvencia punible, apropiación indebida y contra la Hacienda Pública son los hijos del empresario cubano exiliado en Estados Unidos Jorge Mas Canosa ya fallecido, Jorge y Juan Carlos Mas Santos, el ex presidente y ex consejero delegado de la sociedad creada para gestionar la compra de Sintel, Mastec Internacional.

El resto de acusados son el ex vicepresidente de Sintel José Miguel Sariego y los miembros del consejo de administración Juan Antonio Casanova de San Simón, Joel Tomas Citron, Ricardo Campos Dufau, Alfredo Flórez Plaza y el ex director financiero y apoderado de Sintel, Pedro José Novela Berlín.

La Sala de lo Penal resolvió los recursos de apelación en una vista oral celebrada el pasado 18 de diciembre, que continuó el pasado 8 de enero, y que se vio marcada por la ausencia del recurso de apelación por parte de la Fiscalía Anticorrupión, que después de ocho años manteniendo la imputación contra los 16 acusados -menos la de Villalonga- no presentó recurso contra el sobreseimiento dictado por Pedraz.


Durante su intervención, el fiscal pidió la confirmación de los autos dictados por el juez pero recordó al tribunal que no presentó recurso "porque se lo prohibieron" y repasó, remitiéndose en todo momento a las diligencias documentales y testificales presentes en la causa, las razones por las que pidió y mantuvo la imputación contra cada uno de los 24 directivos, según confirmaron a Europa Press fuentes jurídicas.


Anticorrupción presentó a principios de noviembre de 2008 ante Pedraz su escrito de acusación donde pedía la imputación para los 24 altos cargos de Sintel y Telefónica y la apertura de juicio oral contra ellos. Tras los archivos de las acusaciones, el fiscal pidió al juez que "procediera conforme a derecho".


El tribunal de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional estuvo formado por los magistrados Teresa Palacios, Juan Francisco Martel y Ángela Murillo.



(Fuente:europapress)


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El Gobierno no revisará el Impuesto de Sociedades

El Gobierno no ve "justificación alguna" en los costes productivos
para revisar Sociedades

El Gobierno rechaza revisar el régimen general del Impuesto de Sociedades en el incremento en los costes de producción que afecta a varios sectores productivos de la economía española, ya que considera que dichos costes no suponen "justificación alguna" para modificar la regulación de este tributo.

Así consta en una respuesta escrita del Ejecutivo a la diputada del BNG Olaia Fernández Dávila, a la que tuvo acceso Europa Press, al ser interpelado acerca de su intención de modificar la tributación de Sociedades aplicada a las explotaciones agrarias, sujetas actualmente al régimen general.

El Gobierno precisa que la Ley de Modernización de las Explotaciones Agrarias de 1995 ya incluyó una serie de beneficios fiscales para ellas, entre los que figura la libertad de amortización de los elementos de inmovilizado material afectos a la realización de sus actividades agrarias.

Asimismo, permitía que las "cooperativas agrarias especialmente protegidas" tuvieran una bonificación de la cuota íntegra en el Impuesto de Sociedades del 80%. El Gobierno recalca que estos beneficios se mantienen vigentes "y no está prevista su modificación".

(Fuente: europapress)

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Procedimiento judicial Caso Fórum Filatélico

Garzón interrogará a tres ex presidentes de la CNMV por el caso Fórum





La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha admitido la petición de varias acusaciones particulares del 'caso Fórum Filatélico' y ha ordenado al juez instructor, Baltasar Garzón, que llame a declarar como testigos a tres ex presidentes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), según el auto dictado el pasado 17 de enero al que tuvo acceso Europa Press.

Así, el juez tendrá que señalar las comparecencias de los ex presidentes de la CNMV Juan Fernández Armesto, Blas Calzada y Manuel Conthe. El tribunal también estima el testimonio del director de los servicios jurídicos del organismo regulador, Javier Rodríguez Pellitero.

La Audiencia Nacional considera "necesarias, posibles y útiles" estas declaraciones de los cuatro directivos del organismo regulador, "a fin de que manifiesten lo que sepan acerca de la consideración de la sociedad sometida a investigación como entidad financiera no registrada".

Las acusaciones particulares pidieron la declaración de todos ellos después de descubrir que la CNMV clasificó a Fórum y Afinsa como "entidades financieras no registradas" en su Memoria Anual de 1999, presentada y ratificada en marzo de 2000 por la Comisión de Economía del Congreso de los Diputados.

En el informe quedó documentada la tramitación que la CNMV hizo de dos denuncias contra ambas entidades, que resultaron favorables al reclamante, y figuran dentro del recuadro "Relación de entidades financieras no registradas contra las que se presentaron reclamaciones en 1999".

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal considera necesarias estas declaraciones, encaminadas a investigar la posible responsabilidad patrimonial del Estado por negligencia en el control de las filatélicas, y que fueron rechazadas por en dos ocasiones por Garzón con el apoyo del Ministerio Fiscal.

El auto estima parcialmente los recursos de apelación presentados por el bufete Osorio & Asociados y la OCU, a los que se adhirieron una decena de acusaciones particulares, contra el auto dictado por Garzón el pasado 7 de agosto que desestimó los recursos presentados contra otro auto dictado el 19 de mayo de 2008, que denegó la práctica de estas diligencias.

Por contra, la Audiencia Nacional rechaza que se llame a declarar a la responsable del servicio de reclamaciones de la CNMV, Gloria Bombín, al presidente de Adicae, Manuel Pardos, y al director de la OCU, José María Múgica.

El tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal estuvo formado por los magistrados Teresa Palacios Criado, Carmen Paloma González Pastor y Juan Francisco Martel Rivero. Las acusaciones particulares también pidieron estas declaraciones dentro de la causa que investiga Afinsa, a cargo del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz.


(Fuente: europapress)

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Reforma de la Ley Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social

Reforma de la Ley Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social


Toda la información sobre la reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, pinchando sobre el siguiente icono:


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martes, 13 de enero de 2009

Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine

En el BOE de 12 de enero de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO




MINISTERIO DE CULTURA



Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.


La Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine tiene como objetivo primordial articular la relación entre los diferentes agentes que operan en el sector, abarcando toda la cadena de valor de una obra audiovisual, desde el nacimiento de una idea que debe desarrollarse hasta que la obra deja de tener una actividad en el mercado, introduciendo el concepto de integración de la cinematografía en el conjunto del sector audiovisual, considerando éste como un todo, con sus especificidades para el beneficio del cine y la televisión.

El presente real decreto desarrolla dicha Ley, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas en los aspectos relativos a la calificación de las obras, su nacionalidad, el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, normas para las salas de exhibición, regulación de las coproducciones con empresas extranjeras, medidas de fomento y órganos colegiados con competencias consultivas en dichas materias. Su ámbito de aplicación se extiende a las actividades cinematográficas y audiovisuales realizadas en España, fomentando la visión pluricultural de nuestro país y contemplando la suscripción de acuerdos de colaboración entre los órganos de las diferentes Administraciones a fin de articular criterios comunes de actuación y, asimismo, evitar la posible duplicidad de cargas administrativas.


Real Decreto 2060/2008

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sábado, 10 de enero de 2009

Inauguración de Actualidad Jurídica Hoy- Sección Empleo

Desde la Administración de Actualidad Jurídica Hoy (AJH) hemos decidido expandir un ámbito que actualmente concentra el máximo interés por parte de los ciudadanos: EMPLEO- LABORAL.




Así de esta manera, se ha creado la sección Empleo en la que se podrá encontrar una información mucho más detallada sobre el empleo, los derechos y deberes de los trabajadores, legislación laboral, organismos públicos destinados a servir en el ámbito laboral, etc....

Por lo tanto, en esta sección concentraremos todo lo relacionado con el mundo laboral, y así poder mostrar mucha más información.

Esperamos que sea del agrado de sus visitantes.


Actualidad Jurídica Hoy (AJH)


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jueves, 8 de enero de 2009

SEMINARIO.- Consecuencias fiscales de una incorrecta clasificación arancelaria / Cómo clasificar un producto para su exportación




SEMINARIO CÁMARA DE COMERCIO DE CIUDAD REAL





Dirigido a:

Empresas de Castilla-La Mancha con actividad exportadora-importadora

Descripción:


Uno de los obstáculos que encontramos en el inicio de una operación de comercio exterior (extracomunitaria) es la correcta clasificación arancelaria. La partida arancelaria de nuestros productos nos permite conocer las estadísticas de exportación-importación y así conocer los países que compran nuestros productos y/o servicios o desde donde se importan, los aranceles, impuestos y tasas que gravan las aduanas, controles e inspecciones, entre otros detalles. La correcta clasificación arancelaria es, por tanto, fundamental para que la operación comercial se desarrolle sin contratiempos y sin costes adicionales. La clasificación arancelaria es un proceso que sigue una serie de principios fundamentales. Estos procesos pueden complicarse, cuando se trata de más de una partida o productos diferentes (Alimentación, diferentes tipos de vino, textiles, maquinaria industrial y sus partes, mobiliario, , entre otros).

Fecha inicio: 29/01/2009
Fecha fin: 29/01/2009
Fecha límite inscripción: 27/01/2009. Precio: 20 €
Duración: 4 horas

Contacto:
- Ponente: Alberto Rino
- Persona de Contacto: Juan Ignacio Morales

Más Información:
- Teléfono: 926274444
- E-mail: comex@camaracr.org
- Web: http://www.camaracr.org/
- Fax: 926255681
- ¿Quién la Organiza? Entidad: Cámara de Comercio e Industria de Ciudad Real


INSCRIPCIONES:


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El Fogasa y el Consejo General del Poder Judicial presentan el proyecto de intercambio electrónico de documentación

El Fogasa y el Consejo General del Poder Judicial presentan el proyecto de intercambio electrónico de documentación


Tiene como objetivo acortar los tiempos de reconocimiento y pago de las prestaciones mediante la reducción de los trámites administrativos de las instituciones que intervienen


10 dic 08.- El Juzgado de lo social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria se convertirá, a partir de hoy, en el ámbito donde se va a desarrollar la experiencia piloto de intercambio de información de documentos judiciales y administrativos, con la misma validez y seguridad jurídica que la que se tiene a través de los medios válidos actualmente.


Este proyecto conjunto será presentado hoy miércoles, a las 11:00 horas en la sede de la Presidencia del Gobierno de Canarias, por el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, el consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, José Miguel Ruano, y el secretario general del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración, Juan Pedro Serrano.


Con la experiencia piloto a desarrollar entre dicho Juzgado y la Unidad Administrativa del Fogasa en Las Palmas se inicia un proceso de modernización de ambas instituciones, que redundará en beneficio de los administrados que acudan a solventar sus problemas al citado Juzgado, reduciendo sus tiempos procesales, facilitando la labor de comunicación y notificación de los trabajadores de la sede judicial y, por tanto, conllevará un reducción en los tiempos de reconocimiento y pago de las prestaciones de garantía salarial.


El Fogasa es el organismo de la Administración que tiene asignada legalmente la cobertura de los créditos salariales no pagados a los trabajadores de empresas insolventes, y es un eficaz instrumento de apoyo a la pequeña y mediana empresa así como un activo colaborador de la Administración de Justicia.


IMPLANTAR LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA


En el ámbito del Fogasa, este proyecto se enmarca en la implantación paulatina de la Administración Electrónica, junto con otros proyectos ya puestos en marcha como el Registro Electrónico para la solicitud de prestaciones de garantía salarial.


Además hay otro objetivo claro: reducir los tiempos de tramitación para el reconocimiento y pago de las prestaciones. Para ayudar a conseguirlo se reducirán los tiempos de notificación, eliminando las tareas que conlleva las comunicaciones en soporte papel (obtener una copia escrita, registro de salida, ensobrar, registro de entrada, distribución de las tareas administrativas e incorporación de los sistemas de gestión).


En la consecución de dicho objetivo va a ser fundamental el hecho de que las resoluciones judiciales ya vendrán tratadas automatizadamente, en los datos más significativos, y por tanto, no será necesario efectuar ningún trabajo adicional sobre ellos, ya que los datos esenciales para reconocer una prestación, como los del beneficiario, la empresa afectada y el Juzgado actuante estarán en una base de documentos electrónicos del Organismo.


(Fuente: Mº de Trabajo)

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Trabajo aprueba la suspensión de contratos de Renault

Trabajo aprueba la suspensión de contratos de Renault


Se ha reducido el número de jornadas, así como el período de suspensión solicitado inicialmente por la empresa

8 en 09. La Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración ha autorizado la medida temporal solicitada por la empresa Renault España, S.A., para la suspensión de relaciones laborales de hasta un máximo de 10.311 trabajadores, igualando la propuesta de resolución emitida por la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León, como Autoridad Laboral encargada de la instrucción del expediente.

Se ha reducido sensiblemente el número de jornadas, así como el período de suspensión, solicitado inicialmente por la empresa, resultando una suspensión de 50 jornadas para los trabajadores afectados de la factoría de carrocería y montaje del centro de Valladolid, y 24 para los trabajadores de la factoría de motores del centro de Valladolid y de los centros de Palencia y Sevilla. La solicitud inicial conllevaba la suspensión de 60 y 30 jornadas, respectivamente.

La medida se estima necesaria para la adecuación de la producción de vehículos a la situación de demanda real de mercado, así como garantizar la continuidad del proyecto empresarial.

La Resolución de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración (MTIN) acepta la propuesta de la Junta de Castilla y León que mejora sensiblemente la petición inicial que había formulado la empresa.

(Fuente: Mº de Trabajo)

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Los Servicios de Empleo registran 139.694 desempleados más en diciembre

Los Servicios de Empleo registran 139.694 desempleados más en diciembre

8 ene 2009. - Los registros del conjunto de Servicios de Empleo correspondientes al mes de diciembre recogen un incremento de 139.694 personas (4,6%) respecto al mes anterior y sitúan la cifra total en 3.128.963 desempleados.
Para la secretaria general de Empleo, Maravillas Rojo, los datos del paro de diciembre confirman el deterioro del empleo."Estamos atravesando una situación global que es nueva e inédita y el año 2009 será muy difícil, en la medida en que seguirá creciendo el desempleo, como consecuencia de la caída de la actividad productiva y del consumo". "No obstante existe, -añadió- una esperanza razonable de que el conjunto de medidas adoptadas en el ámbito europeo y por el Gobierno de España tengan efectos sobre el empleo".

En diciembre de 2007 el desempleo subió en 35.074 personas. En términos interanuales el conjunto del año 2008 se cierra con un incremento es de 999.416 desempleados (46,9%).

Por sectores de actividad, el paro desciende en el colectivo sin empleo anterior que baja en 6.119 (-2,2%). En el resto de sectores, construcción es el que registra un mayor incremento: 70.701 personas (13,6%) %), seguido de servicios: 46.471 (2,6%) e industria, 27.725 (7,4%), y en agricultura, con 916 desempledos más (0,9 %).

Por sexos, el paro masculino se sitúa en 1.576.467, al subir 128.687 (8,8%) y el femenino en 1.552.496, al incrementarse en 11.007 (0,7%). En relación con el año anterior, el paro masculino sube en 691.328 (78,1%) y el femenino lo hace en 308.088 (24,7%).

Entre los jóvenes menores de 25 años el desempleo se ha reducido en diciembre en 62 personas (-0,02%) respecto al mes anterior, y entre los mayores de 25 sube en 139.756 (5,3%).

El paro sube en las 17 comunidades autónomas, encabezadas por la Comunidad Valenciana (24.837) y Cataluña (20.396). En cuanto a las provincias desciende en 2: Jaén (-6.718) y Granada (-557) y registra los mayores incrementos en Madrid (14.894) y Barcelona (14.662).

GARANTIA ABSOLUTA EN LA PROTECCIÓN POR DESEMPLEO

Diciembre ha registrado un total de 1.117.577 contratos, 143.742 menos que los de igual mes de 2007 (-11,4%). La contratación acumulada ha alcanzado en 2008 la cifra de 16.601.237, que supone 2.020.871 menos que en el año anterior (-10.8%).

Por su parte, la contratación indefinida alcanzó el pasado mes 103.061 contratos. Supone una bajada de 31.450 (-23,3%) sobre diciembre de 2007, pero representa el 9,2% sobre el total de la contratación, porcentaje superior al existente antes de la reforma laboral de 2006. Durante el año que acaba de finalizar se han suscrito 1.902.605 contratos de carácter fijo, que representa una reducción de 317.779 (-14,3%) en relación a 2007.

En cuanto a las prestaciones, durante el mes de noviembre, 2.209.395 personas han sido beneficiarias de prestación por desempleo, por un importe de 2.197 millones de euros.

Maravillas Rojo ha reiterado la total garantía por parte del Gobierno en la protección de las personas y familias en situación de desempleo y ha recordado los esfuerzos que se han venido realizando para que, "El aumento de beneficiarios ha comportado que 2008 tuviera un incremento del 49% de cargas de trabajo, para responder a un millón y medio más de expedientes. Para abordar esta situación se han tomado medidas de carácter organizativo, de personal y tecnológicas, medidas que están permitiendo, no sólo responder al aumento de trabajo, sino a mejorar notablemente los servicios. El tiempo de reconocimiento ha pasado de 16 días en el mes de mayo de 2008 a siete días actualmente".

Datos al completo

(fuente: Mº de Trabajo)
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miércoles, 7 de enero de 2009

Contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para el año 2009

En el BOE de 7 de enero de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN


Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 19 de diciembre de 2008, por el que se regula el contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para el año 2009.

De conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en los artículos 77 al 83 del Reglamento de la referida Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, previa propuesta de las Comunidades Autónomas, recibida la información oportuna del Servicio Público de Empleo Estatal, previa consulta a la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración y visto el informe del Consejo Superior de Política de Inmigración, se establece para el año 2009 el contingente de trabajadores extranjeros no comunitarios estables que se recoge en el Anexo I del presente Acuerdo.


Contingente 2009

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jueves, 1 de enero de 2009

Revisión de las tarifas eléctricas

En el BOE de 31 de diciembre de 2008 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO


Orden ITC/3801/2008, de 26 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir de 1 de enero de 2009.

Nuevas Tarifas eléctricas en el Anexo II de la citada Orden.


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Salario Mínimo Interprofesional y Revalorización de las Pensiones

En el BOE de 30 de diciembre de 2008 se han publicado las siguientes disposiciones:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Salario mínimo interprofesional

Real Decreto 2128/2008, de 26 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2009.

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 20,80 euros/día o 624 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

Revalorización de Pensiones

Real Decreto 2127/2008, de 26 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2009.

Mediante este real decreto se procede al desarrollo de las previsiones contenidas, en materia de revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas, en la Ley 2 /2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, y a la actualización de los valores consignados en el título IV y en las disposiciones adicionales primera y segunda, adaptando sus importes al incremento real experimentado por el IPC en el período noviembre 2007-noviembre 2008.

Lo establecido en este título será de aplicación a las pensiones de incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, siempre que se hayan causado con anterioridad al 1 de enero del año2009. También a las pensiones del extinguido seguro obligatorio de vejez e invalidez se regirán por las normas específicas contenidas en los artículos 8 y 13.

Y quedan excluidos de lo dispuesto en el apartado 1 los Regímenes Especiales de las Fuerzas Armadas, de Funcionarios Civiles de la Administración del Estado y de los Funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia.



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Aprobación modelos IVA, 340 y 039.AEAT

En el BOE de 30 de diciembre de 2008 se han publicado las siguientes disposiciones:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA


Impuesto sobre el Valor Añadido

Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria.

La presente orden ministerial aprueba un único modelo 303 de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido que sustituye a los vigentes modelos 300, 330, 332 y 320. El nuevo modelo 303 se deberá utilizar por los sujetos pasivos del Impuesto con obligaciones periódicas de autoliquidación, tanto si su período de liquidación coincide con el trimestre natural como si coincide con el mes natural, excepto en el supuesto de las personas físicas o entidades que apliquen el Régimen especial simplificado regulado en el Capítulo II del Título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, o en el supuesto de entidades que hayan optado por aplicar el Régimen especial del grupo de entidades regulado en el Capítulo IX del Título IX de la Ley del Impuesto, en cuyo caso presentarán los modelos de autoliquidación específicos aprobados al efecto para los citados regímenes especiales.

La presentación del nuevo modelo 303 de autoliquidación será obligatoria por vía telemática a través de Internet para aquellos sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural. En el supuesto de sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el trimestre natural, la presentación por vía telemática a través de Internet será potestativa, excepto para las entidades que tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada que deberán realizarla de forma obligatoria por vía telemática a través de Internet.

Información tributaria

Orden EHA/3787/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 340 de declaración informativa regulada en el artículo 36 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.


El Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en el capítulo V del título II regula las obligaciones de información de carácter general, y en el artículo 36 establece como una de las principales novedades la obligación de informar acerca de las operaciones incluidas en los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a que se refiere el artículo 62.1 del Reglamento del Impuesto, y en el artículo 30.1 del Decreto 182/1992, de 15 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el que se aprueban las normas de gestión, liquidación, recaudación e inspección del Impuesto General indirecto canario y la revisión de los actos dictados en aplicación del mismo. La citada obligación incumbe a aquellos obligados tributarios que deban presentar declaraciones o autoliquidaciones correspondientes al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre el Valor Añadido o al Impuesto General Indirecto Canario por medios telemáticos.


Orden EHA/3788/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 039 de Comunicación de datos, relativa al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifican la Orden HAC/3626/2003, de 23 de diciembre, y la Orden EHA/3398/2006, de 26 de octubre.


El modelo 039 será presentado por quien tenga la consideración de entidad dominante del grupo de entidades, según lo dispuesto en el artículo 163 quinquies. Dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y se utilizará para comunicar la aplicación del régimen especial previsto en el Capítulo IX del Título IX de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2009

En el DOCM de 31 de diciembre de 2008 se ha publicado la siguiente disposición:



DIARIO OFICIAL DE CASTILLA LA MANCHA

PRESIDENCIA DE LA JUNTA



LEY 10/08, DE 19-12-2008, CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL AÑO 2009. D.O.C.M. nº 269 DE 31-12-2008. Pág. 42463

Presupuestos 2009

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