Acceder a toda la Información Catastral

Oficina Electrónica del Ministerio de Justicia

Oficina Virtual Sede Electrónica AEAT

viernes, 27 de noviembre de 2009

Tratado de Lisboa

En el BOE de 27 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Instrumento de Ratificación del Tratado por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, hecho en Lisboa el 13 de diciembre de 2007.

--------------------

Prórroga anual de los magistrados y jueces suplentes

En el BOE de 27 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Consejo General del Poder Judicial


Acuerdo de 19 de noviembre de 2009, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, en lo que se refiere a la inclusión de prórroga anual de los nombramientos de Magistrados suplentes y Jueces sustitutos.

----------------

Imprimir

martes, 24 de noviembre de 2009

Ley 19/2009: Aspectos procesales alquiler

En el BOE de 24 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios.

----------------

Imprimir

Ley 18/2009: Modificación Ley de Tráfico

En el BOE de 24 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora.

---------------

Ley 17/2009 de acceso libre a las actividades de servicios

En el BOE de 24 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

---------------

lunes, 23 de noviembre de 2009

El turno de oficio en negociación

El CGAE solicita estar en la negociación del turno de oficio



El presidente del Consejo General de la Abogacía de España, Carlos Carnicer, ha pedido que el órgano al que representa sea invitado a las conversaciones abiertas entre el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias para analizar el futuro del turno de oficio.

Carnicer aseguró durante los actos de celebración del 175 aniversario del Colegio de Abogados de Burgos, que se celebró el pasado fin de semana, que está "molesto" porque se esté reuniendo la sectorial de Justicia para tratar este asunto sin contar con los representantes de la abogacía, cuando son los colegios de Abogados los que organizan el turno de oficio.

Para el representante de la Abogacía Española, "lo lógico es que se invitara a los representantes de la abogacía a estos encuentros porque son los colegios los que prestan el servicio y los que saben "lo que se está haciendo y cómo se puede mejorar".

Por otra parte, en cuanto al planteamiento de algunas comunidades autónomas de privatizar el servicio, Carnicer calificó que esta situación sería una "catástrofe". En este sentido, el presidente del CGAE, recordó que los abogados del Turno de Oficio tienen una "consideración" y que ofrecen un servicio de calidad, "una calidad de defensa que no merece estar mal pagada ni maltratada".

Además, según el Carnicer, los colegios de abogados forman y seleccionan a los integrantes del turno de oficio, a los que exigen "una deontología profesional muy superior a la de la abogacía libre".
------------------

Modelo 190: IRPF retenciones

En el BOE de 23 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193.

-----------------

Imprimir

domingo, 22 de noviembre de 2009

Manifestación Madrid del Campo Español: 21-N

Los agricultores alertan en Madrid de la grave crisis del campo

El campo se ha echado a la calle para exigir medidas contra la grave crisis que atraviesa el sector. Decenas de miles de agricultores y ganaderos, procedentes de todas las provincias de España, se han congregado en las calles de Madrid para exigir precios más justos. La protesta se iba a cerrar con una reunión con representantes del Departamento que dirige Espinosa pero finalmente no se ha producido al no estar presente la ministra. Ayer, este colectivo protagonizó su primera jornada de paro.

La manifestación, convocada por las organizaciones agrarias Asaja, COAG y UPA bajo el lema 'El campo se arruina, movilízate' y a la que se han sumado cooperativas agroalimentarias, ha transcurrido en un ambiente festivo y sin incidentes por el centro de Madrid hasta la sede del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM).

Fuentes de las organizaciones agrarias han cifrado en 500.000 los participantes, mientras que la Delegación del Gobierno y la Comunidad de Madrid han declinado cuantificar el número de asistentes. Unas 12.500 personas, según el cómputo 'persona a persona' efectuado por la empresa Lynce para EFE. En el transcurso de la marcha, en la que había tractores y un gran globo en forma de vaca, se han entonado gritos de "Zapatero dimisión" y en las pancartas se leían lemas como "Mañana Zapatero, ¿qué le echamos al puchero?", "Espinosa por la agricultura no se moja" y "SOS. El campo se muere. Políticos, en vuestras manos estamos".

Noticia completa: Aquí

-------------------

Prestación por desempleo para Autónomos: ATA pide que sea de 12 meses

Los autónomos, dispuestos a pagar una cuota mayor si el cobro de paro se eleva a 12 meses, según ATA

El presidente de ATA, Lorenzo Amor, afirmó hoy que los autónomos estarían dispuestos a incrementar su cotización para mejorar la prestación por cese de actividad que ha diseñado el Gobierno y cuyo anteproyecto de ley será aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

Frente a la cotización en el primer año del 1% que plantea el Gobierno para que los autónomos puedan cobrar el desempleo, ATA propone una cotización del 2% el primer año, que subiría hasta el 4% en el quinto año.

Según Amor, ello, además de dar sostenibilidad financiera al sistema, permitiría obtener una mejor prestación y ampliar su duración máxima hasta los doce meses, frente a los seis del Gobierno. Además, la duración mínima de la prestación podría extenderse desde los dos meses que establece el Ejecutivo hasta tres meses.

Para ATA, aunque el sistema diseñado por el Gobierno es adecuado, la prestación resulta "insuficiente y mejorable", pues una vez pasados los seis meses de tope en los que se podrá cobrar, los autónomos quedarán "desprotegidos y desamparados".

"Las condiciones para acceder a esta prestación son extremadamente duras, ya que podrían producirse situaciones reales en las que un autónomo, después de haber cotizado por esta prestación, no pudiera acceder a la misma dadas las estrictas condiciones que se exigen", denunció Amor.

ATA confió en que durante la fase de tramitación parlamentaria de este anteproyecto se mejoren y corrijan sus "deficiencias". En este sentido, la organización de autónomos recordó que está manteniendo contactos con los grupos parlamentarios PP y CiU, quienes ya le han trasladado su intención de mejorar esta propuesta. En los próximos días, también se reunirá con otras formaciones políticas.

-----------------

Amonestación de la UE a España, a cuenta de la agrupación IVA

Bruselas amonesta a España por aplicar mal las normas sobre la agrupación a efectos del IVA



La Comisión Europea pidió hoy oficialmente a España que modifique su legislación sobre agrupación a efectos del IVA por considerar que en su versión actual vulnera la normativa comunitaria.

La directiva europea sobre IVA permite a los Estados miembros, en aras de la simplificación administrativa, la posibilidad de considerar como un único sujeto pasivo a aquellas personas que son jurídicamente independientes, pero que están estrechamente vinculadas entre sí desde los puntos de vista financiero, económico y organizativo.

Sin embargo, el Ejecutivo comunitario considera que España aplica incorrectamente esta norma porque permite a personas que no son sujetos pasivos formar parte de una agrupación a efectos del IVA.

La solicitud de Bruselas adopta la forma de un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. Si España no modifica su legislación en el plazo de dos meses, la Comisión puede llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

El Ejecutivo comunitario también exigió la modificación de la legislación sobre el IVA a Países Bajos, Irlanda, Finlandia, Suecia, Reino Unido, República Checa y Dinamarca.

-------------------

Condena a España por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: No exención IVA registradores

El TUE condena a España por eximir del IVA a los registradores cuando recaudan impuestos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó hoy a España por eximir del IVA a los registradores de la propiedad cuando prestan a las comunidades autónomas servicios de liquidación y recaudación de los impuestos sobre sucesiones y transmisiones patrimoniales. La sentencia señala que esta exención vulnera la normativa comunitaria sobre el IVA.

Mediante sentencia de 12 de julio de 2003, el Tribunal Supremo consideró que los servicios prestados por los registradores-liquidadores y consistentes en la liquidación y recaudación de estos impuestos, no están sujetos al IVA puesto que se trata de la prestación servicios de la comunidad autónoma a través de una oficina administrativa vinculada a ésta. Pero la Comisión denunció a España ante el TUE por considerar que se trata de un privilegio que incumple la legislación europea.

Las autoridades españolas alegaron en su defensa que los registradores-liquidadores deben poder acogerse a la exención del IVA que prevé la normativa comunitaria para los organismos de derecho público, una cualidad que se les debería reconocer.

A este respecto, el TUE recuerda que esta excepción sólo se puede conceder a los organismos de derecho público y tan sólo por lo que respecta a las actividades y operaciones que lleven a cabo en su condición de autoridades públicas.

En este sentido, la sentencia señala que los registradores-liquidadores no ejercen su actividad recaudadora en calidad de órgano de derecho público, puesto que no están integrados en la organización de la administración pública, sino como una actividad realizada en el marco de una profesión asimilada a una profesión liberal.

En consecuencia, aun cuando, como en el presente caso, la actividad de liquidación y de recaudación de impuestos esté comprendida, en principio, entre las prerrogativas de la autoridad pública, como las Comunidades Autónomas confían esta actividad a un tercero independiente que actúa en las condiciones descritas anteriormente, no puede aplicarse la exención prevista en la normativa comunitaria.

Por último, el Tribunal de Justicia analiza la argumentación de España que invoca su dificultad para subsanar el incumplimiento alegado por la Comisión, puesto que éste tiene su origen en la sentencia del Tribunal Supremo. Sobre este particular, la sentencia señala que, conforme a su jurisprudencia, cabe declarar, en principio, la existencia de un incumplimiento de un Estado miembro cualquiera que sea el órgano de dicho Estado cuya acción u omisión ha originado el incumplimiento, incluso cuando se trata de una institución constitucionalmente independiente.

En consecuencia, el Tribunal de Justicia declara que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la normativa sobre el IVA, al considerar que los servicios prestados a una comunidad autónoma por los registradores de la propiedad, en su condición de liquidadores titulares de una Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario, no están sujetos al impuesto sobre el valor añadido.

-------------------



Caso Gescartera: sentencia TS

El Supremo absuelve a la Caixa de pagar el agujero de Gescartera y Caja Madrid Bolsa abonará una parte

El Tribunal Supremo ha absuelto a 'la Caixa' como responsable civil subsidiario del 'agujero' de Gescartera lo que exime de hacer frente a parte de los 87,99 millones de euros desviados y limita la responsabilidad de Caja Madrid Bolsa al dinero de los clientes que pasó por sus cuentas, según la sentencia de 190 páginas dictada el pasado 13 de octubre a la que tuvo acceso Europa Press.

La cuantía que deberá abonar la entidad madrileña se fijará en ejecución de sentencia pero podría llegar a 26,37 millones de euros, según lo cifrado el fiscal Vicente González Mota durante el juicio. Esta cantidad irá destinada a los 650 clientes, pendientes de cobro, cuyos nombres aparecen en la sentencia.

A esta cifra se podrían sumar los intereses por los ocho años transcurridos desde la intervención de Gescartera el 14 de junio de 2001 por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y los tres, que se prevé, tarde en ejecutarse el fallo, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

"Se declara la responsabilidad civil subsidiaria de Caja Madrid Bolsa, si bien sólo por lo ilegítimamente distraído por los responsables de Gescartera condenados, del total de los recursos gestionados como depositaria, durante el tiempo de prestación de servicios", concluye el fallo que desestima parcialmente el recurso de casación de la entidad.

El Supremo confirma que Caja Madrid Bolsa firmó el 10 de noviembre de 1999 un contrato de subcustodia de valores con Gescartera sin exigir poderes específicos de los clientes para la gestión de sus fondos, tal y como exigía la regulación de la Orden Ministerial dictada el 7 de octubre del mismo año. La entidad gestionó alrededor de 42.000 operaciones en bolsa para la agencia de valores durante un periodo de 19 meses.

La sentencia exime de pagar a la 'la Caixa' al absolver al director de la sucursal de la entidad de Mahadahonda (Madrid), José Alfonso Castro Mayoral, y a su subdirector, Miguel Carlos Prats, como colaboradores necesarios de la apropiación indebida por emitir dos certificados falsos con los que los responsables de Gescartera trataron de engañar a la CNMV en 1999 para evitar las inspecciones.

"Al carecer sus acciones de relevancia criminal y no existir condena por otra u otras de las que Castro Mayoral y Prats Oria hubieran sido autores, falta por completo fundamento para la declaración de responsabilidad civil de 'la Caixa'", concluye el Supremo.

EL SUPREMO CONFIRMA LA PENA MÁXIMA A CAMACHO.

El fallo del Supremo confirma la pena de 11 años de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional, la máxima solicitada por el fiscal, al propietario de Gescartera, Antonio Camacho, por delitos de apropiación indebida y falsedad documental al desestimar íntegramente su recurso de casación. Camacho se encuentra actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario Madrid VI de Aranjuez, donde ingresó el 27 de marzo de 2008, inmediatamente después de la lectura pública de la sentencia.
--------------------

Pensiones no Contributivas: Normas de Aplicación y Desarrollo

En el BOE de 20 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de la Presidencia

Orden PRE/3113/2009, de 13 de noviembre, por la que se dictan normas de aplicación y desarrollo del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas, sobre rentas o ingresos computables y su imputación.



-------------------

Imprimir

Calendario Laboral 2010

En el BOE de 20 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de Trabajo e Inmigración

Resolución de 12 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2010.


----------------

IVA: Nuevo Modelo 390; Declaración Censal: Modelos 036 y 037

En el BOE de 20 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de economía y Hacienda


Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.




-----------------

domingo, 15 de noviembre de 2009

Ayudas Régimen de Pago Único para el año 2010

En el BOE de 14 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino


Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010.


-----------------

Ley 16/2009 de servicios de pago

En el BOE de 14 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.


-------------------

Imprimir

jueves, 12 de noviembre de 2009

Ley 14/2009: Ampliación beneficiarios del programa temporal de protección por desempleo e inserción

En el BOE de 12 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción.

-----------------

Imprimir

Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías

En el BOE de 12 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.

----------------------

Imprimir

miércoles, 11 de noviembre de 2009

Nuevo plazo de Responsabilidad Civil de Auditores: Proyecto de reforma

El plazo de responsabilidad civil de los auditores bajará de 15 a 4 años



La futura Ley de Auditoría de Cuentas rebajará de 15 a cuatro años el plazo máximo para reclamar por la vía civil la responsabilidad de un auditor por los daños provocados a una empresa derivados de su actividad profesional, según el proyecto de Ley que próximamente iniciará su trámite parlamentario.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) presentó hoy el contenido de la reforma de la Ley de Auditoría, que adaptará la Directiva Comunitaria 2006/43 y que establece que los auditores sólo respondan por los daños que les sean directamente imputables y no por los perjuicios causados por sus clientes.

Por otro lado, la nueva normativa reforzará el sistema de supervisión pública que ejerce el ICAC, con el fortalecimiento de sus funciones de control de calidad de los profesionales y las empresas del sector, aunque rebajará las sanciones que se apliquen por el incumplimiento de la normativa.

El ICAC mantiene que el nuevo reglamento no supone una relajación de las exigencias al sector, sino que aporta un enfoque diferente y dota de mayor responsabilidad al auditor, ya que será el propio profesional el que decida si elaborar o no un trabajo y especificar las posibles incompatibilidades en las salvaguardas del informe final.

Asimismo, el ICAC controlará el trabajo de los auditores y las sociedades de auditoría cada seis años y cada tres años en caso de las Empresas de Interés Público (EIP), sociedades cotizadas o grandes bancos y compañías de más de 1.000 trabajadores.

El nuevo reglamento mantiene el mismo régimen sancionador por malas prácticas para las sociedades de interés público y rebaja las multas a las empresas medias por faltas graves de 10% al 7% de lo facturado y las sanciones por hechos muy graves del 20% al 15%.

Entre los controles específicos estará la realización de un informe anual de transparencia, la obligación del auditor y del gerente del equipo de cesar en su puesto tras siete años auditando una sociedad y la consideración de sus informes como agravante en la cuantificación de posibles sanciones.

La nueva legislación no especificará el porcentaje exacto de participación en las empresas que limitará la independencia del auditor o la sociedad auditora. Sin embargo, la normativa reduce de tres a dos años el tiempo que podrá transcurrir desde que un auditor deja de auditar las cuentas de una empresa y vuelve a trabajar para ella.

Por último, las auditoras podrán contratar a auditores no socios para que firmen los informes de cuentas y la adaptación de la legislación europea provocará que los auditores españoles puedan trabajar en empresas europeas y viceversa, previa inscripción en el ICAC.


----------------------

Noticias Concurso de Acreedores AFINSA

El juez dicta la liquidación de Afinsa, que devolverá entre el 25% y el 33% de lo invertido


El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha dictado la apertura de la fase de liquidación de Afinsa tras la falta de apoyo recibido por los acreedores a la propuesta de convenio presentada por un grupo de afectados, por lo que los 190.000 perjudicados podrían recuperar entre el 25,7% y el 33% de lo invertido, según el auto de apertura de la liquidación dictado el pasado 4 de noviembre.

El juez titular, Francisco Javier Vaquer, dictó el pasado 2 de noviembre una providencia donde concluye que la propuesta de convenio presentada por un grupo de acreedores y que prometía devolver el 50% de lo invertido en cinco años "no ha alcanzado la mayoría exigida legalmente" para salir adelante.
Afinsa se ve así abocada a la liquidación que, según lo cifrado por la administración concursal, podría devolver a los afectados hasta el 33% de lo invertido, ya que la compañía cuenta con un pasivo de 2.443 millones de euros frente a un activo de 812 millones de euros, lo que arroja un agujero patrimonial de 1.631 millones de euros.

La diferencia entre el 25,7% y el 33% se encuentra en los 199,2 millones de euros que la Agencia Tributaria tiene pendiente de devolver a la masa activa del concurso en concepto de IVA e Impuesto de Sociedades, después de que el juez determinara que su actividad era financiera y no mercantil.

La administración concursal contabilizó en 96,8 millones de euros las devoluciones relativas al IVA y en 102,3 millones de euros las correspondientes al Impuesto de Sociedades y las sumó al activo actual de 613 millones de euros. Estas cantidades no son definitivas y están pendientes de confirmar por parte de la Agencia Tributaria, según informaron fuentes jurídicas a Europa Press.

Los administradores valoran los sellos de la compañía en 248,7 millones de euros, frente a los 2.403 millones de euros invertidos por los clientes, tal y como figura en los contratos, lo que supondría recuperar sólo el 10,32% del dinero depositado. La administración concursal tiene un plazo de quince días para presentar el plan de liquidación de los bienes de Afinsa.


LOS RECURSOS RETRASARÁN LA LIQUIDACIÓN.
La liquidación podría tardar más de un año en dar comienzo, ya que tanto el auto de apertura de la fase de liquidación como el plan que presenten los administradores concursales son recurribles en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, según informaron fuentes jurídicas.

Los afectados podrán comenzar a cobrar parte de lo invertido en caso de que la tesorería de Afinsa cuente con dinero, de lo contrario, los pagos se retrasarán hasta que se comience a ingresar por la liquidación. Los afectados por Fórum Filatélico han cobrado ya el 10% de sus inversiones con cargo a la tesorería, el plan de liquidación está pendiente de resolución ante la Audiencia Provincial.

Además, el juez ha solicitado al titular del Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, que investiga la causa penal, que emita una resolución se pronuncie sobre la liquidación.

Asimismo, Vaquer declara la disolución definitiva de la sociedad concursada, la inscripción de la apertura de liquidación en los registros Mercantil, de la Propiedad y demás registros donde figuren bienes a nombre de la concursada, y acuerda la formación de la Sección Sexta para la calificación del concurso, que podría determinar la culpabilidad mercantil de los antiguos administradores.
----------------------

sábado, 7 de noviembre de 2009

Plan 2000 E: ampliación de las ayudas para la compra de vehículos

En el BOE de 7 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de Industria, Comercio y Turismo


Real Decreto 1667/2009, de 6 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos, y se amplía el número máximo de vehículos a financiar en 80.000 vehículos adicionales.



---------------------

Imprimir

miércoles, 4 de noviembre de 2009

Todo sobre el Nuevo FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL


FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL


Ministerio de Política Territorial

(pinchar sobre la imagen)



------------------------

Modelo para la presentación de solicitudes para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo para el Empleo y Sostenibilidad

En el BOE de 3 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Política Territorial


Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba el modelo para la presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, creado por el Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre.


--------------------

Imprimir

Modificación Real Decreto por el que se regula la expedición del DNI

En el BOE de 3 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio del Interior

Real Decreto 1586/2009, de 16 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica.


------------------

Imprimir

Compensación gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria

En el BOE de 4 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de Trabajo e Inmigración

Resolución de 21 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se dictan instrucciones para la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas.

-------------------

Reforma de la Legislación Procesal, Ley orgánica 1/2009 y Ley 13/2009: Implantación Nueva Oficina Judicial

En el BOE de 4 de noviembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO



Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial.

-----------------------