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martes, 26 de junio de 2012

Productos que tributan a un 8% de IVA podrían subir a un 18%

Productos que tributan a un 8% de IVA podrían subir a un 18%

El Gobierno está «analizando de forma crítica los productos y servicios que se benefician de un IVA reducido», según han declarado fuentes del ministerio de Hacienda. Ha sido solo unas horas después de que el Comisario de Competencia, Joaquín Almunia, declarara que «las recomendaciones de Bruselas, tales como subir el IVA son vinculantes».

Aunque el Gobierno dejó claro que «una recomendación es sólo lo que su nombre indica», admitió que «con el objetivo último de ampliar las bases imponibles del impuesto y elevar la recaudación», se podría «estar analizando las bases imponibles reducidas».

Además el Gobierno quiso recordar lo dicho en la última reunión de los ministros de Finanzas de la UE, el pasado viernes: «lo que ha pedido el Ecofin es ampliar las bases imponibles de los impuestos indirectos y revisar los estímulos a la adquisición de vivienda», afirmaron.

En casos normales el IVA que se aplica es del 18 %, mientras que el tipo reducido del 8 % se reserva a los alimentos que no son de primera necesidad, las lentillas o gafas graduadas y los servicios culturales o recreativos. Ahora,

No queda claro que ocurriría con el IVA superreducido, del 4 %, que se aplica a productos de primera necesidad como pan, leche o huevos; libros, periódicos o revistas; compra de vivienda habitual; y aparatos como prótesis o sillas de ruedas.
Erradicar el ¿Con IVA o sin IVA?
El Gobierno ha hecho estas declaraciones en el marco de una reunión explicativa de la nueva ley contra el Fraude Fiscal que aprobó el viernes y que entraría en vigor en enero de 2013, «o antes», según han declarado.

Evitar los fraudes generados en torno a este impuesto sobre el consumo, es uno de los objetivos estrella de la reforma. Para evitar las operaciones inmobiliarias fraudulentas, en las que el contribuyente se deducía el IVA sin haber ingresado lo que le habían repercutido previamente, el Gobierno invierte el sujeto pasivo. Ahora el sujeto que adquiera el inmueble, solo podrá deducirse el IVA soportado si acredita que ha ingresado el IVA repercutido.
Otras medidas
El fraude fiscal también se combatirá con otras medidas como la ilegalidad de los pagos en efectivo de más de 2.500 euros entre un profesional y un particular. Para combatirla, se le da al particular la posibilidad de denunciar a quien le invite a «no declarar» pagos de este tipo.

Además, aquellos autónomo s que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares, cuyos ingresos

En lo que se refiere al plan para el afloramiento de economía sumergida, las fuentes han detallado que ya ha habido algunas declaraciones «de carácter especial» que se han acogido a este, aunque en importe y número «reducido».

(Fuente: abc.es)

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