Acceder a toda la Información Catastral

Oficina Electrónica del Ministerio de Justicia

Oficina Virtual Sede Electrónica AEAT

miércoles, 30 de diciembre de 2009

Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012: Medidas transitorias

En el BOE de 30 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Minsiterio de Vivienda

Real Decreto 1961/2009, de 18 de diciembre, por el que se introducen nuevas medidas transitorias en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.


---------------

Imprimir

martes, 29 de diciembre de 2009

Intereses: Legales y de Demora 2010


En la Ley 26/2009 se han establecido el tipo de interés legal y de demora vigente para el ejercicio 2010:

" (...)Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 4 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2010.

Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será del 5 por ciento".

-----------------

IPREM para 2010


Según publica el BOE en la Ley 26/2009:

" (...) De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía, el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá las siguientes cuantías durante 2010:


a) EL IPREM diario, 17,75 euros.
b) El IPREM mensual, 532,51 euros.
c) El IPREM anual, 6.390,13 euros.
d) En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 7.455,14 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.390,13 euros".


------------------

Reestructuración Viñedo: Modificación Orden de 30-11-09 Castilla la Mancha

En el DOCM de 28 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


DIARIO OFICIAL DE CASTILLA LA MANCHA


Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural


Orden de 18/12/2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 30-11-2009, por la que se regula la concesión y gestión de las ayudas a planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha incluidas en el Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español.


---------------

Imprimir

IVA: Resolución Dirección General de Tributos



Resolución de 23 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Tributos, relativa a la aplicación e interpretación de determinadas directivas comunitarias en materia del Impuesto sobre el Valor Añadido.


---------------

Real Decreto 2009/2009: Modificación Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales

En el BOE de 29 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Política Territorial

Real Decreto 2009/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de servicios de las corporaciones locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.


--------------

Real Decreto 2007/ 2009: Revalorizaciones de las pensiones y otras prestaciones sociales 2010

En el BOE de 29 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de Trabajo e Inmigración


Real Decreto 2007/ 2009, de 23 de diciembre, sobre revalorización de la pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2010.

-----------------

Imprimir

Real Decreto 2005/ 2009: Revalorizaciones y complementos 2010

En el BOE de 29 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de Economía y Hacienda


Real Decreto 2005/2009, de 23 de diciembre, sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases Pasivas para el año 2010.

---------------

Imprimir

Modificaciones Tributarias para el Año 2010

En el BOE de 29 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Economía y Hacienda


Real Decreto 2004/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta, el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, en materia de obligaciones formales, y se establecen para 2010 nuevos plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido.

--------------------

Plan General de Contabilidad: Modificación para sociedad cooperativas

En el BOE de 29 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de Economía y Hacienda

Real Decreto 2003/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

------------------

Imprimir

viernes, 25 de diciembre de 2009

Feliz Navidad '09

Desde Actualidad Jurídica Hoy (AJH) queremos hacer llegar a todos nuestros lectores los mejores deseos de felicidad en estas fechas tan señaladas.


Por ello, deseamos que sea ésta una Navidad especial y única.




-----------------

jueves, 24 de diciembre de 2009

Simulador Renta 2009

SIMULADOR RENTA 2009 AEAT


Permite conocer el resultado de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al ejercicio fiscal 2009, a presentar en 2010. De esta forma se facilita la adopción de decisiones de relevancia fiscal antes de acabar el año...

El simulador calcula el resultado de la hipotética declaración, que no tiene validez jurídica, en función de los datos introducidos por el propio contribuyente. Únicamente se trata de un instrumento de ayuda para quien quiera planificar o conocer con antelación cuál podría ser la cuota a ingresar o a devolver en su futura declaración del Impuesto sobre la Renta.

(pinchar sobre la imagen)



--------------

Ley 26/2009: Presupuestos Generales del Estado 2010

En el BOE de 24 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Jefatura del Estado

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.

Corrección de Errores


------------------

miércoles, 23 de diciembre de 2009

Ley 25/2009: "Ley Omnibus"

En el BOE de 23 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Jefatura del Estado

Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

--------------

Imprimir

Anticipación jubilación personas con discapacidad

En el BOE de 22 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Trabajo e Inmigración

Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.

-----------------

lunes, 21 de diciembre de 2009

Regulación primera venta de productos pesqueros

En el BOE de 21 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Real Decreto 1822/2009, de 27 de noviembre, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.

----------------

Imprimir

domingo, 20 de diciembre de 2009

Portal de la Constitución

PORTAL DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA


Todos alguna vez nos hemos preguntado qué es lo que realmente dice la Constitución sobre algún tema determinado. Oímos en los informativos que las Comunidades Autónomas tienen competencias en determinadas materias, pero algunas tienen más que otras, o también, que todo ciudadano tiene el derecho de objetción de conciencia, pero desconocemos exactamente sobre qué materias o asuntos se puede hacer valer.

Es por ello, por lo que a través de este enlace podremos salir de dudas y conocer un poco más nuestra "carta magna", y encontrar el sentido de muchas afirmaciones que escuchamos y no logramos entender.




(pinchar sobre las palabras)


------------------

Imprimir

Sentencia Tribunal Unión Europea: Nulidad de un contrato si no había previa información sobre derecho rescisión

El TUE dice que un juez puede anular un contrato si no se informa al consumidor del derecho de rescisión


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dijo hoy que un juez español puede anular de oficio un contrato negociado fuera de un establecimiento comercial, sin necesidad de que lo pida una parte, si no se ha informado al consumidor de su derecho de rescisión.


La sentencia se refiere al caso de una ciudadana española que firmó en su domicilio en 2003 un contrato con un representante de la empresa EDP Editores para comprar 15 libros, 5 DVD y un reproductor DVD. Los productos le fueron entregados pero la compradora no fue informada debidamente sobre su derecho de revocación, así como sobre los requisitos y consecuencias del ejercicio de dicho derecho.


Al no cobrar la mercancía, EDP reclamó el pago de la cantidad de 1.861,52 euros ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Salamanca. Tras ser condenada al pago de la cantidad reclamada mediante sentencia de 14 de junio de 2007, la consumidora interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Salamanca.
La ciudadana en cuestión no alegó ninguna causa de nulidad del contrato ni ante el juez de primera instancia ni ante la Audiencia Provincial de Salamanca. Como la legislación española exige que sea el consumidor quien solicite la declaración de nulidad del contrato, la Audiencia Provincial preguntó al TUE si la normativa comunitaria permite que un juez actúe de oficio.


En su sentencia de este jueves, El TUE dice que la normativa comunitaria permite que un juez nacional declare de oficio la nulidad de un contrato por no haberse informado al consumidor de su derecho de rescisión, aun cuando éste no haya invocado en ningún momento esa nulidad ante los órganos jurisdiccionales nacionales competentes.


----------------

Ley Orgánica 3/ 2009: Financiación de las Comunidades Autónomas

En el BOE de 18 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Jefatura del Estado
Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.


----------------

Imprimir

Sede Electrónica de la Agencia Tributaria: Nueva Aparación

Próxima publicación de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 11/2007 y en el R.D. 1671/2009 que desarrolla dicha ley en lo relativo a la creación de sedes electrónicas, la Agencia Tributaria publicará su Sede el día 30/12/2009. A partir de esa fecha, la Sede electrónica sustituirá a la actual Oficina Virtual, si bien se mantendrá un enlace a ella para facilitar la transición.

La Sede electrónica es un punto de acceso a aquellos servicios que requieran identificación o autenticación por parte de los ciudadanos o de la administración. Está dotada de condiciones especiales de identificación, seguridad y responsabilidad, garantizando a su vez una información veraz, actualizada y completa.


El dominio reservado a los organismos administrativos (.gob.es) y el certificado de sede garantizan la identificación de la misma, es decir, que el ciudadano se encuentra realmente en un sitio de la administración y nadie ha realizado una suplantación de páginas. Además, dicho certificado garantiza el establecimiento de conexiones seguras para que exista la confidencialidad necesaria en los datos que se intercambien los ciudadanos con las sedes.


La entidad certificadora que emite a día de hoy dichos certificados es la FNMT y por tanto deberá estar dada de alta como entidad certificadora de confianza en los navegadores con los que se acceda a la sede o dichos navegadores podrán generar un aviso requiriendo acciones por parte del usuario para subsanar este hecho.


Con objeto de facilitar el alta como entidad certificadora de confianza en los navegadores, puede usted entrar en el enlace que figura debajo donde encontrará las instrucciones y medios precisos para instalar en su navegador los certificados necesarios.



Para saber más: Información y requisitos previos para acceder a la Sede electrónica


------------------


Imprimir