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domingo, 31 de enero de 2010

Protección social y jurídica menores Castilla la Mancha

En el DOCM de 29 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:

DIARIO OFICIAL DE CASTILLA LA MANCHA


Consejería de Salud y Bienestar social

Decreto 4/2010, de 26/01/2010, de protección social y jurídica de los menores en Castilla-La Mancha.

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Noticias Fiscales: Estimación Objetiva

Inspectores de Hacienda piden sacar del régimen de módulos aquellas actividades que facturan a profesionales

La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado reclamó hoy al Gobierno una revisión en profundidad del actual régimen de módulos, que contemple, por un lado, la adecuación de este sistema al principio de capacidad económica y, por otro lado, la exclusión de aquellas actividades que facturan a profesionales y empresarios como medio para limitar y reducir al mínimo la emisión de facturas falsas.

En concreto, la propuesta de los inspectores de Hacienda pasa por que el régimen de módulos se aplique "exclusivamente" a los contribuyentes que realicen actividades agrícolas o actividades económicas cuando, al menos, el 80% del valor de sus bienes entregados o servicios prestados se destinen a contribuyentes sin derecho a ninguna deducción o beneficio tributario por tales adquisiciones.

Así, proponen reducir el límite de facturación a los contribuyentes que realicen actividades agrícolas o económicas desde los actuales 300.000 ó 450.000 euros, respectivamente, a 100.000 euros, en ambos casos. Para los inspectores, una empresa que factura más de 100.000 euros puede, sin duda, disponer de una asesoría mínima o adquirir un programa informático contable básico para llevar un registro de facturas.

Asimismo, la propuesta contempla reducir la facturación soportada a 50.000 euros, que es indicativa de la capacidad para llevar algún tipo de contabilidad, según los inspectores; así como excluir del régimen de estimación objetiva aquellas actividades en las que se detecta que existe un volumen relevante de facturación irregular, como es el caso de la albañilería o el transporte de mercancías, entre otros.

Para los inspectores de Hacienda, es necesario que, como mínimo, se establezcan límites específicos en aquellas actividades que tributan de forma irregular para que estos empresarios sólo puedan tributar en módulos si su facturación a empresarios y profesionales fuera "mínima o irrelevante" (por debajo del 20% de su facturación total). (leer más ...)


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Reforma de las pensiones


ASÍ SE CALCULA LA PENSIÓN EN ESPAÑA

Cómo se determina la pensión pública de los españoles? Las dos variables fundamentales para forjar la cuantía de la pensión de jubilación son el periodo de cotización y las aportaciones realizadas. Dado que en España la afiliación a la Seguridad Social es obligatioria, la carrera de cotización corre paralela a la vida laboral, y las aportaciones tienen una relación directa con el sueldo percibido. Por tanto, para alcanzar la pensión máxima del sistema, 34.526,8 euros al año (2.466,2 euros al mes, por catorce pagas), se precisa una carrera larga y sueldos medio-altos.

Por ley la Seguridad Social proporciona una pensión de jubilación contributiva (que tiene relación directa con la contribución, al contrario que la asistencial, que está garantizada por el Estado) a quien acredite al menos 15 años de cotización y haya cumplido los 65 de edad. Con catorce años y 11 meses sólo se puede recibir la pensión no contributiva, pero pueden alcanzarse los 15 años prolongando la cotización más allá de la edad de jubilación legal. Eso sí: una pensión contributiva lograda con 15 años y un día de cotización puede convertirse en la fórmula con mayor retorno posible, puesto que el Estado garantiza con complementos a mínimos la pensión mínima legal, aunque el cotizante no haya financiado ni la mitad.

Así, con 14 años, 11 meses y 29 días se percibe aproximadamente sólo la mitad de pensión que con 15 años y un día. En concreto, la pensión no contributiva es de 4.755,8 euros al año (339,7 al mes), mientras que la mínima garantizada contributiva es de 8.229,2 euros anuales (587,8 al mes) si el perceptor vive solo, y de 10.152 al año (725,2 al mes) si tiene un cónyuge a su cargo que carece de renta.

Para las contributivas el sueldo es la madre de la cotización. Pero ésta se mueve en una horquilla en función de la categoría profesional del cotizante, sea asalariado o autónomo. La norma obliga a que casi todas las partidas que la nómina recoge como remuneración conformen la base de cotización, con excepciones, como el plus de transporte, y todas las que no tengan relación directa con el desempeño. La base oscila entre los 738,9 euros de mínimo del personal no cualificado y los 3.198 euros al mes de máximo de los licenciados. La aportación resulta de aplicar un tipo de cotización a la base citada, y la conforman las aportaciones del trabajador y de la empresa, que se reparten el esfuerzo: la empresa aporta el 23,6% de la base, y el trabajador el 4,7%. El autónomo aporta todo (28,3%). (leer más ...)


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IRPF e IVA 2010: Método de Estimación Objetiva

En el BOE de 30 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/99/2010, de 28 de enero, por la que se desarrollan para el año 2010 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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Pagos Directos a la Agricultura y Ganadería, años 2010 y 2011

En el BOE de 30 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino

Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.


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jueves, 21 de enero de 2010

Metrología: Unidades de medición

En el BOE de 21 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Real Decreto 2032/2009, de 30 de diciembre, por el que se establecen las unidades legales de medida


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martes, 19 de enero de 2010

Real Decreto 1/2010: Medidas Tributarias

En el BOE de 19 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de la Presidencia

Real Decreto 1/2010, de 8 de enero, de modificación de determinadas obligaciones tributarias formales y procedimientos de aplicación de los tributos y de modificación de otras normas con contenido tributario.

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Plan General de Control Tributario 2010

En el BOE de 19 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Economía y Hacienda

Resolución de 12 de enero de 2010, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2010

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lunes, 18 de enero de 2010

Taller de Extranjería: Nuevo programa RNE5 (jueves 17:15 h)


NUEVO PROGRAMA RNE5 "TALLER DE EXTRANJERIA"

Pedro es brasileño pero vive en España, llegó hace siete años, al principio para estudiar, pero posteriormente comenzó a trabajar. Ahora quiere optar a la nacionalidad española, pero le solicitan una serie de requisitos y quiere saber qué debe hacer.

El abogado y miembro de la Comisión de Extranjería del CGAE, Francisco Solans, resuelve su duda.

Escucha el contenido de este Taller de Extranjería. a través de la emisora Radio 5 de RNE, un espacio radiofónico que sirve para que personas extranjeras puedan plantear a abogados expertos en materia de extranjería del Consejo General de la Abogacía Española sus dudas sobre permisos de residencia, reagrupación familiar, permisos de trabajo, etc. El espacio, realizado con la colaboración de la periodista experta en extranjería, Minerva Oso, se enmarca en el programa de actualidad de Radio 5 "La tarde en vivo" y está dirigido por Raúl Heissman y Alejandra Martínez.
"Taller de Extranjería" podrá escucharse todos los jueves a las 17:15 horas, con una duración de cerca de 7 minutos.



(pinchar para acceder a RNE5)

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Presidencia Europea 2010


Página Web de la Presidencia Europea del Año 2010




(pinchar sobre la imagen)

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Sentencia TS: Nuevo Marco del Salario de Trámite

A partir de ahora será más difícil despedir

El Tribunal Supremo (TS) complica los trámites que tiene que realizar la empresa para reducir los salarios de tramitación en casos de despido improcedente, los que, cuando afectan a trabajadores de poca antigüedad, pueden duplicar la indemnización.

En una sentencia de la Sala General que aclara la doctrina, la Sala IV estima que la empresa sólo puede dejar de pagar los salarios del trabajador si le comunica la aceptación de la improcedencia del despido y la oferta de indemnización en un plazo de 48 horas posteriores al despido, además de consignar la cantidad de la indemnización en el Juzgado.

En la crisis económica, si la empresa cumple estas exigencias, puede ahorrarse las retribuciones, que muchas veces superan los tres meses de sueldo. A partir de 60 días, los salarios de tramitación recaen en elEstado, pero la empresa debe seguir pagando cuando se cumplen dos meses y luego reclamar el exceso, lo que le acarrea más trámites.

Por lo tanto, la sentencia, de la que es ponente Aurelio Desdentado, modifica la doctrina anterior, que era más laxa con los tiempos y favorable a la empresa. Así, en una sentencia de 30 de mayo de 2006, la Sala estimó que es necesario que la empresa comunique al trabajador la oferta de indemnización y que consigne la cantidad en el Juzgado para dejar de pagar los salarios de tramitación, pero no especificó los tiempos y requisitos de la comunicación.

En la citada sentencia, la compañía no trasladó su intención al empleado hasta la conciliación, dos semanas después del despido, y no tuvo que pagar el salario de tramitación.

Sin embargo, la nueva doctrina delTS tiene consecuencias positivas tanto para la empresa como para los trabajadores. Si la empresa sigue las exigencias, puede ahorrarse buena parte del salario, y el trabajador ya conoce su situación y tiene más tiempo para buscar empleo. Hasta ahora podían pasar semanas sin que supiera si era readmitido o no.

De esta forma, se acorta el proceso en la línea del artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores, que pretende “limitar los costes procesales del despido”, recuerda el TS, como el RD-L 5/2002, “que limitó los salarios de tramitación a la readmisión, lo que moderó la Ley 45/2002”.

Nuevo marco del salario de trámite


Si expira el plazo:

Si la empresa supera el plazo de 48 horas, el Supremo dice que debe pagar el salario desde que cumpla los requisitos hasta la conciliación.

Recursos: El Supremo desestima el recurso de la empresa, ya que el trabajador tuvo noticia de la improcedencia del cese y de la cuantía de la indemnización sólo antes de la conciliación. Y desestima el recurso del empleado, pues aludía a una sentencia del TSJ de Cataluña en la que la empresa no comunicó la existencia de indemnización ni su cuantía.


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martes, 12 de enero de 2010

Tasas Extranjería 2010

En el BOE de 12 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Ministerio de la Presidencia


Orden PRE/3/2010, de 11 de enero, por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería.

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lunes, 11 de enero de 2010

Programa de Ayuda: Retenciones 2010

RETENCIONES IRPF 2010

Descargar el Programa de ayuda de Retenciones IRPF 2010 (versión 1.10).

(Pulsar sobre la imagen)

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sábado, 9 de enero de 2010

Lucha contra el fraude fiscal: las entidades bancarias informaran a Hacienda de los movimientos de más de 3000 euros

Los bancos desvelarán los pagos de profesionales de más de 3.000 euros


Así lo establece el Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros con el que se modifican determinadas obligaciones tributarias y de información para "aumentar la eficacia de la lucha contra el fraude fiscal".

El Real Decreto establece que se realizará un seguimiento "más ágil y eficaz" de las disposiciones, pagos y cobros que se realicen en metálico a través de entidades bancarias o de crédito cuando éstos superen los 3.000 euros.

Además, a partir de ahora, en todas las operaciones referidas a bienes inmuebles los notarios identificarán "claramente" las formas de pago empleadas: dinero en metálico, transferencia, domiciliación, cheques u otros instrumentos de giro, tras la modificación del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado.

En el caso de las operaciones superiores a 3.000 euros que ahora tendrán que comunicar las entidades, la Agencia Tributaria ya podía acceder a esta información si lo requería, pero con el nuevo Real Decreto se sistematiza esta transferencia de datos.

Otras novedades afectan al Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de Desarrollo de las Normas Comunes de los Procedimientos de Aplicación de los Tributos.

Las modificaciones buscan también impulsar las relaciones electrónicas entre la Administración y los ciudadanos, así como simplificar los trámites.

En materia de notificaciones tributarias, el Real Decreto introduce un nuevo artículo destinado a adaptar a la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, con el que se regula la posible atribución de una dirección electrónica a entidades y personas físicas.

El texto aprobado por el Consejo incorpora además cambios en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades con el objetivo de facilitar el desarrollo de las funciones de compensación y liquidación que la normativa atribuye a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores.

Por este motivo, se excluye a dicha sociedad de soportar o practicar el Impuesto sobre Sociedades en relación con las rentas derivadas de los préstamos de valores realizados por la entidad.

Finalmente, el Real Decreto cambia también el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, en lo referente a la expedición de facturas de la Comisión Nacional de la Energía en nombre y por cuenta de los distribuidores y de los productores de energía eléctrica en régimen especial o de sus representantes.

Esta Comisión deberá expedir facturas por las primas equivalentes, las primas, los incentivos y los complementos que correspondan a los productores de electricidad en régimen especial, añadió el Gobierno.
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viernes, 8 de enero de 2010

Sede Electrónica de la AEAT



Bienvenido a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria

Desde esta plataforma usted podrá acceder a los servicios electrónicos que la Agencia Tributaria pone a su disposición y podrá realizar sus trámites durante las 24 horas de los 365 días del año.


(Acceda pinchando en la imagen)

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Sede Electr´

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Real Decreto 2031/2009: Plan 2000 E para automóviles

En el BOE de 8 de enero de 2010 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Real Decreto 2031/2009, de 30 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos durante el año 2010.

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jueves, 7 de enero de 2010

Presentación declaraciones AEAT por internet





Están ya disponibles para su presentación por Internet, a través del siguiente enlace, el Resumen anual de IVA del ejercicio 2009, modelo 390, y las Declaraciones informativas del ejercicio 2009 de los modelos 180, 181, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 294, 295, 296 y 345.




(pinchar sobre la imagen)
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Ley 5/2009: Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha 2010

En el DOCM de 31 de diciembre de 2009, se ha publicado la siguiente disposición:


DIARIO OFICIAL DE CASTILLA LA MANCHA

Cortes de Castilla la Mancha

Ley 5/2009, de 17/12/2009, Ley 5/2009, de 17 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2010.


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viernes, 1 de enero de 2010

Salario Mínimo Interprofesional 2010

En el BOE de 31 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO


Mnisterio de Trabajo e Inmigración


Real Decreto 2030/ 2009, de 30 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2010.

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Ley 27/2009: Medidas Urgentes para el mantenimiento y fomento del empleo

En el BOE de 31 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Jefatura del Estado

Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas.



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Ley 29/2009: Régimen legal competencia desleal y de la publicidad para protección consumidor

En el BOE de 31 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Jefatura del Estado

Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.

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Aprobación Modelo 181 declaración informativa de préstamos y créditos

En el BOE de 31 de diciembre de 2009 se ha publicado la siguiente disposición:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.

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Tarifas de Correos Año 2010

En el BOE de 31 de diciembre de 2009 se han publicado las nuevas tarifas de correos que será de aplicación para el año 2010:

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Ministerio de Fomento

Orden FOM/3517/2009, de 22 de diciembre, por la que se autorizan los precios de los servicios postales reservados al operador responsable de la prestación del servicio postal universal, Correos y Telégrafos, S. A.

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